Todos los edificios históricos de la antigua cárcel de Carabanchel han sido reducidos a polvo.

Permanece todavía en pie el pabellón del antiguo Hospital Penitenciario, actualmente destinado a Centro de Internamiento de Extranjeros (C.I.E.), en el que se priva de libertad, de nuevo hoy, a inocentes que no han cometido delito alguno: los inmigrantes sin papeles.

Por ello, nuestra Plataforma, en coherencia con su planteamiento y tras la desaparición del resto de los edificios, exige al Gobierno que destine esta dependencia para el Centro de la Memoria que solicitamos.

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jueves, 19 de diciembre de 2013

Un titular incorrecto sobre Carabanchel

No ha trascendido mucho pero algunos medios de comunicación (Europa Press, Cadena SER, La Vanguardia,...) se han hecho eco de la Sentencia emitida por el Tribunal Supremo el pasado 19 de noviembre contra el Recurso de Casación interpuesto por la Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto sobre la sentencia de 23 de diciembre de 2010 en la que se desestimaba otro Recurso previo presentado contra la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos de 7 de septiembre de 2009.


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Bueno, si habéis llegado hasta aquí, gracias por haberlo hecho, dado lo farragoso del párrafo anterior. Intentaremos explicar lo sucedido:

Tras la retirada de la vigilancia de seguridad que custodiaba el recinto abandonado de la cárcel de Carabanchel, el conjunto sufrió numerosos accesos incontrolados, permitidos, por no decir fomentados, por quienes deberían haber velado por su conservación. Decenas de periodistas, centenares de grafiteros y miles de vecinos pudieron acceder sin ninguna restricción durante meses al interior del complejo.

Innumerables chatarreros desmantelaron, utilizando camiones y utillaje pesado, en las mismas narices de los funcionarios policiales adscritos a la comisaría de Latina y el Centro de Internamiento de Extranjeros, no sólo todo el mobiliario metálico del penal sino que incluso derribaron las estructuras metálicas que soportaban la cubierta de alguno de los edificios más próximos a los departamentos policiales.

Y, por supuesto, por allí pasaron indigentes y varias familias inmigrantes que, durante más de dos años, hicieron de las celdas de Carabanchel su vivienda.

Pues bien, en el transcurso de las visitas que algunos vecinos hicieron, hasta incluso los días previos a la demolición, encontraron diversa documentación en la que figuraban de forma clara datos de reclusos y funcionarios. Este hecho motivó la denuncia ante la AEPD contra Instituciones Penitenciarias por abandono de datos personales. En esa denuncia se adjuntaron, como es lógico, los originales de los documentos desatendidos [y recuperados].

Esa agencia, en un principio, instruyó, en febrero de 2009, Expediente con Propuesta de Sanción por Falta Grave contra la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, operativa que se prolongó durante varios meses. Sin embargo, finalmente, la Dirección de ese organismo dio un sorprendente giro y decidió archivar ese expediente [el 7 de septiembre de 2009, como hemos citado más arriba].

Ante ese circunstancia, la Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto decidió recurrir esa decisión ante la Audiencia Nacional. Este Tribunal, concretamente la Sala de lo Contencioso Administrativo, resolvió [el 23 de diciembre de 2010] el caso de manera negativa para los vecinos, pero NO VALORANDO EL FONDO DE LA CUESTIÓN, sino negando que el colectivo vecinal tuviera legITIMIDAD PARA PRESENTAR EL RECURSO. Literalmente, "...la Audiencia Nacional examinó, con carácter previo al fondo del asunto, la excepción de falta de legitimación activa de la asociación de vecinos demandante...".

Esta resolución que negaba a los vecinos que pudieran denunciar la posible infracción, es la que, a su vez, fue recurrida por la asociación vecinal ante el Tribunal Supremo, solicitando, en primer lugar que RESOLVIERA SOBRE EL FONDO DE LA CUESTIÓN LITIGIOSA.

Este organismo es el que acaba de emitir la Sentencia que ha recogido la prensa, resolviendo en el mismo sentido que lo dictaminado por la Audiencia Nacional hace tres años, es decir, coincide en que los vecinos no tienen legitimidad para denunciar a Instituciones Penitenciarias, ya que una posible sanción a Instituciones Penitenciarias, "...NO TENDRÍA UN EFECTO POSITO EN LA ESFERA JURÍDICA DEL DENUNCIANTE"; vamos que, como la asociación vecinal no ganaría nada con la posible multa (en el caso de que se hubiera condenado al organismo del Ministerio del Interior) NO PUEDE RECLAMAR.

Ante esta decisión cabe preguntarse: ¿Y quién podría -entonces- haber denunciado estos hechos?

AEPD Sentencia TS 20131210 by Salvemos Carabanchel

Lamentablemente, lo que se destaca en los medios informativos no es esa circunstancia, sino ALGO que no aparece por ningún sitio en la sentencia y ni siquiera era solicitado de manera alguna: "EL TRIBUNAL SUPREMO RECHAZA QUE LOS VECINOS DE CARABANCHEL SE QUEDEN CON DOCUMENTOS DE LA CÁRCEL". Os invitamos a que leáis el fallo original para comprobarlo.

Igualmente, algún medio destaca la posible OBTENCIÓN ILEGAL de los documentos por parte de los vecinos, dando como cierto el argumento esgrimido por Instituciones Penitenciarias: "...en el supuesto de que hubiera quedado algún resto de información o documentación en el Complejo, se ha obtenido ilegalmente mediante violación de un recinto de seguridad".

Sobre este punto, reiteramos lo citado al principio de esta entrada: fueron miles y miles de personas las que entraron en el recinto de Carabanchel sin forzar ni violentar nada; también las hubo con intenciones totalmente contrarias, que fueron llevadas a cabo con total impunidad. Que los responsables de su expolio lo consideren un recinto de seguridad es un sarcasmo que ofende a quienes conocimos de primera mano la realidad de los acontecimientos.

Es más, quienes esgrimen esa ilegalidad posiblemente deberían ya hace tiempo haber sido acusados de permitir la dejación y el saqueo del patrimonio público de cuya conservación (no sólo usufructo) eran TAMBIÉN RESPONSABLES.

Ahí lo dejamos... por si alguien se anima.

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